Aquí podrás consultar información respecto a Requisitos de Nacionalización
PARA PERSONAS PROVENIENTES DE VENEZUELA
Aplica para personas hijos/hijas de una persona venezolana, pero nació en Colombia y uno de sus padres vivía en territorio colombiano al momento de su nacimiento.
Para los menores de edad nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto del 2015 y aquellos menores que ya habían sido inscritos en el Registro Civil de Nacimiento, que sean hijos de personas venezolanas, la Registraduría Nacional del Estado Civil incluye en su Registro Civil de Nacimiento la nota “válido para demostrar nacionalidad”. Para poder obtener el Registro Civil de Nacimiento, se deberá presentar el certificado de nacido vivo de la República de Colombia. La Registraduría Nacional del Estado Civil, verificará la nacionalidad venezolana de los padres con algunos de los siguientes documentos:
Nota: Según la resolución 8470 de 2019, la vigencia de esta medida es hasta el 21 de agosto de 2023 , con prórroga, de manera automática, por dos (2) años adicionales, es decir, hasta agosto del 2025.
Si tu padre o madre son colombianos, viven en Colombia, pero tu naciste en Venezuela.
Se tiene que realizar el trámite del Registro Civil de Nacimiento del menor en cualquier oficina de la Registraduría (directorio de la Registraduría), presentando los siguientes documentos:
Nota: Si vives en el exterior puedes realizar este procedimiento en un consulado colombiano. Cuando hagas el trámite puedes obtener el Registro civil de nacimiento colombiano.
Nota: Si vives en el exterior puedes realizar este procedimiento en un consulado colombiano. Cuando hagas el trámite puedes obtener, la tarjeta de identidad para mayores de 7 años y menores de 18 años o la cédula de ciudadanía para personas mayores de 18 años.
Recuperación de la nacionalidad colombiana:
Si adquiriste la nacionalidad colombiana por nacimiento o por adopción y la perdiste antes de 1991 por adquirir la nacionalidad en otro país o porque renunciaste a ella, podrás recuperarla realizando una solicitud ante la oficina central del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá o ante los Consulados de Colombia.
Los requisitos son:
Descarga aquí una plantilla para realizar tu solicitud.
La persona que desee recuperar la nacionalidad colombiana podrá hacer el trámite en línea aquí.Conoce cómo hacerlo paso a paso en este enlace.
Renuncia y pérdida de la nacionalidad colombiana:
Si naciste en otro país, tienes nacionalidad colombiana y quieres renunciar a ella, puedes realizar este trámite así:
Tienes que realizar la misma carta descrita en el inciso de arriba.
Nota: Cualquier documento que se encuentre en un idioma diferente al español, deberá ser traducido a este idioma y esta traducción tendrá que ser legalizada o apostillada.
Nota: Una vez se presenten los documentos ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá, el funcionario generará un pago respectivo al trámite por un valor de $109.000 pesos colombianos, el cual se deberá cancelar en el BANCO SUDAMERIS. Para los colombianos en el exterior, deberán verificar con el consulado más cercano los medios de pago disponibles.
Encuentra aquí las oficinas consulares en cada país.
Por nacimiento:
Las personas colombianas cuyo padre o madre hayan sido colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviera viviendo en Colombia en el momento del nacimiento. De igual manera, los hijos de padre o madre colombianos nacidos en el extranjero y que luego se domiciliaron o registraron en una oficina consular de Colombia en el extranjero. Se debe solicitar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Por adopción:
Requisitos para solicitar la nacionalidad por adopción:
Nota: En caso de que no tengas visa de residente permanente (R), no puedes aplicar a la nacionalidad colombiana A parte de tener en cuenta los años de permanencia en Colombia, debes enviar los siguientes requisitos al Ministerio de Relaciones Exteriores:
Nota: Para los menores de edad con visa de residente permanente (R) se debe aportar documentos como: copia de la visa, solicitud al Ministerio de Relaciones exteriores firmada por los padres o por quien ejerza la patria potestad del menor, copia de su Registro Civil de nacimiento, pasaporte del menor de edad y copia de los documentos de identificación de los padres o representante legal.