VISAS

Consulta a continuación las clases de visas a las que puedes acceder en Colombia y los requisitos para cada una de ellas.

AQUI TE EXPLICAMOS LA FASE 2:

El Permiso por Protección Temporal es un documento que permite regular la situación migratoria e identificar a las personas venezolanas que lo adquieren, este permiso te permite permanecer en el territorio colombiano, ejercer actividades u ocupaciones legales y acceder a diversos servicios de entidades públicas y privadas.

La Fase 2 corresponde al registro biométrico y la posterior autorización y expedición por parte de Migración Colombia del Permiso por Protección Temporal (PPT).


    ETAPAS DE LA FASE 2:

      1. Registro biométrico:
        Ahora en los Puntos Visibles dispuestos por Migración Colombia, puedes realizar este proceso sin cita previa. El registro biométrico no es obligatorio para los niños y niñas menores de 7 años.
        Recuerda llevar tus documentos:
        • PEP, salvoconduco o PEPFF en caso de tenerlo. Si no cuentas con alguno de estos documentos, debes llevar tu cédula venezolana, pasaporte o partida de nacimiento.
        • Constancia de Pre-registro impresa.
        • Prueba sumaria para los casos que aplique.


      2. Notificación de la solicitud: una vez realices al registro biométrico, Migración Colombia se pronunciará frente a tu solicitud, revisará la información y soportes que brindaste durante tu registro en el RUMV, la encuesta socio-económica y el registro biométrico.
      3. Existen tres estados del Permiso por Protección Temporal:

        • En trámite: Migración Colombia se encuentra validando la información.
        • Rechazado: se encontraron inconsistencias en la información brindada.
        • Aprobado: recibirás una notificación para ir a recoger la constancia digital para acceder a tus derechos. Consulta si tu PPT está aprobado aquí.

        • En el caso que se requiera alguna aclaración, documento o trámite adicional, te informarán al correo que inscribiste y tendrás 30 días calendario (a partir de que te hagan la solicitud) para resolver el requerimiento. Ten presente, si NO respondes esta solicitud, Migración Colombia entenderá que NO deseas continuar con el proceso de solicitud del Permiso por Protección Temporal.

          Puedes realizar las correcciones o cambios en la información diligenciada en el Pre-registro aquí

          Si no te solicitaron ningún nuevo documento, Migración Colombia te indicará en un tiempo de 90 días calendario si tu solicitud del PPT fue aprobada o no por medio del correo electrónico que inscribiste en la plataforma del RUMV.

          ¿Qué sucede si me niegan la solicitud de PPT?

          En caso de ser negada tu solitud debes buscar asesoría, cada caso es único y corresponde que se analice individualmente.

      4. Entrega del Permiso por Protección Temporal
        • Entrega Virtual del PPT: Una vez sea autorizada la expedición del PPT, Migración Colombia expedirá el permiso de forma virtual, dentro de los 30 días siguientes (calendario) y será enviado a tu correo electrónico inscrito en el Pre - Registro virtual.
        • Entrega presencial del PPT: El PPT físico se entregará de manera presencial en los puntos autorizados e indicados por Migración Colombia a tu correo electrónico. Migración Colombia tendrá 90 días calendario a partir de la fecha de autorización para informarte que puedes pasar a reclamar el documento, estará disponible hasta por un término de 30 días hábiles (lunes a viernes, sin contar festivos).

    NOTA: Recuerda que si un niño, niña o adolescente ingresó de manera irregular al territorio colombiano después del 31 de enero de 2021 , y se encuentra vinculado a un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD), al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), o se encuentra matriculado en una institución educativa en los niveles de preescolar, básica y media, podrá ser inscrito en el RUMV y obtener el PPT hasta el 30 de mayo de 2031.

    En caso de que pierdas o te roben tu PPT, debes acercarte a la oficina de Migración Colombia más cercana para solicitar el duplicado del mismo. Recuerda que este tramite tiene un valor de veinte tres mil pesos colombianos ($23.000), que deben ser cancelados en el centro facilitador de migración

    Importante: Si sales de territorio colombiano, debes registrar ante Migración Colombia tu salida e ingreso del país, tu estadía fuera de territorio colombiano no debe ser mayor a ciento ochenta (180) días.

El Estatuto Temporal de Protección, es un mecanismo jurídico para la regularización temporal de personas venezolanas en Colombia.

AQUI TE EXPLICAMOS LA FASE 1:

La primera fase, es la creación del REGISTRO ÚNICO DE MIGRANTES VENEZOLANOS (RUMV) el cual tiene como objetivo recoger y actualizar información para identificar a migrantes venezolanos en Colombia, este trámite se realizará de manera virtual.

Ten presente que, si tu condición es irregular o no tienes documentación migratoria vigente, tenías hasta el 28 de mayo de 2022 para registrarte en la primera fase.

Si tu condición es regular o ingresaste de manera formal a Colombia a través de un Puesto de Control Migratorio legalmente habilitado desde el 31 de enero de 2021 hasta el 28 de mayo de 2023, puedes realizar el registro desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 24 de noviembre de 2023.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL RUMV:

  1. Debes cumplir alguna de las siguientes condiciones:
    • Estar en Colombia de manera regular y contar con un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), con un Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o con un Permiso Especial de Permanencia (PEP) o incluso PEPFF que se encuentre vigente.
    • Estar en Colombia de manera regular y contar con un Salvoconducto de Permanencia SC – 2 o también conocido como la solicitud de refugio.
    • Ingresar a Colombia de manera regular a través de un Puesto de Control Migratorio legalmente habilitado, desde el 31 de enero de 2021 hasta el 28 de mayo de 2023.

  2. Deberás tener tu documento de identificación, vigente o vencido:
    • Para los mayores de edad al menos uno de los siguientes documentos:
      1. Pasaporte
      2. Cédula de Identidad Venezolana
      3. Permiso Especial de Permanencia

    • Para los menores de edad al menos uno de los siguientes documentos:
      1. Pasaporte
      2. Acta de Nacimiento Venezolana
      3. Permiso Especialde Permanencia

  3. Declarar en el pre-registro virtual tu intención de permanecer en Colombia, recuerda que no puedes ausentarte de Colombia por más de 180 días una vez recibas tu PPT.

  4. Autorizar la recolección de tus datos biográficos, demográficos y biométricos (es decir tus datos personales, características individuales y familiares y la toma de tus huellas), y dar el consentimiento para el tratamiento y uso de ellos.

  5. Los niños, niñas y adolescentes que hayan ingresado a Colombia de manera irregular desde el 31 de enero de 2021 podrán inscribirse si se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
    1. Si se encuentra vinculado a un proceso administrativo de restablecimiento de derechos (PARD) o si es un adolescente o joven (menor de edad) vinculado al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)
    2. Si se encuentra matriculado en una institución educativa en los niveles de preescolar, basica y media.

PASO A PASO PARA REGISTRARTE EN LA FASE 1

    Recuerda que este trámite ahora solo está disponible si tu condición es regular o ingresaste a Colombia sellando tu pasaporte, después del 31 de enero de 2021, puedes registrarte desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 24 de noviembre de 2023.

    • Pre-registro virtual:
      1. Debes estar en Colombia y contar con:
        • Conexión a internet, computador, celular o tablet.
        • Un documento de identificación (pasaporte, acta de nacimiento o cédula venezolana o Permiso Especial de Permanencia).
        • Un correo electrónico vigente.
        • Una fotografía tipo documento fondo blanco de 3 cm de ancho por 4 cm de alto (no borrosa, no oscura, no con mucho brillo, en formato .jpg o .png y que pese menos de 5MB).
      2. Ingresa a la plataforma de Migración Colombia y llena los datos que te solicitan para crear una cuenta con usuario y contraseña.

    • Caracterización socioeconómica:
      1. Una vez hayas creado tu cuenta, ingresa aquí a la plataforma y diligencia el formulario que aparece en la página, allí debes brindar:
        • Tus datos personales, tus datos biométricos (debes cargar la fotografía en la que se pueda ver claramente tu rostro), los datos de tu domicilio y subir una foto del documento de identidad. En este formulario también tendrás que realizar la encuesta socioeconómica.

        Una vez finalices el pre-registro, te llegará una constancia al correo electrónico que indicaste (por eso es muy importante que tengas un correo electrónico vigente y recuerdes tu contraseña). Es muy importante que verifiques que la dirección de correo electrónico haya quedado bien escrita, sin ningún tipo de errores de digitación.


¡ENCUENTRA AQUÍ EL PASO A PASO PARA REALIZAR EL REGISTRO ÚNICO DE MIGRANTES VENEZOLANOS EN VIDEO, RECUERDA QUE SI REQUIERES MÁS INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN, PUEDES DEJAR TU SOLICITUD AQUÍ 

Puedes aplicar si vas a exponer o participar en evento como conferencista, artista, deportista, jurado, concursante o personal logístico.

Se podrá otorgar la visa con vigencia hasta de dos (2) años tomando en cuenta la actividad que te propones en Colombia.

La permanencia autorizada será de máximo 180 días continuos o discontinuos improrrogables en cada 365 días de uso de la visa.

Si tu objetivo es realizar una producción audiovisual o contenido digital, podrás acceder a la visa con vigencia hasta de dos (2) años, tomando en cuenta la actividad que te propones en Colombia.

Debes tener en cuenta:

  • Carta firmada por ti o por la persona que respalda tu solicitud, esta debe incluir: tu identificación plena o de la persona que respalda la visa (como aparece en el pasaporte o cédula de ciudadanía), explicación sobre el vínculo contigo, el motivo del viaje y declaración de responsabilidad económica por los gastos de estadía y desplazamientos personales en Colombia.
  • Extractos bancarios tuyos o de la persona que respalda la solicitud de los seis (6) meses previos a la solicitud de visa.

Si trabajas bajo la modalidad de contratos temporales, ocasionales o de corta duración, puedes acceder a este documento, no olvides que deben ser contratados por una persona natural o jurídica que resida en Colombia o sin tener vínculo contractual, requieran la prestación o asistencia técnica especializada.

Se podrá otorgar la visa con vigencia hasta de dos (2) años tomando en cuenta la actividad que realizarás en Colombia.

Lee con atención los siguientes requisitos:

  • Presentar diligenciado el formato resumen de contrato.
  • No olvides que: la autoridad de visa podrá exigir la presentación del contrato original cuando la información registrada en el formato resumen de contrato no sea suficiente, presente inconsistencia o requiere aclaración.

  • Si te emplea una organización, entidades o instituciones del Estado colombiano, Organismo Internacional Gubernamental, Misión Diplomática o Consular Acreditada deberás presentar una carta de solicitud de visa suscrita por el contratante.

Puedes aplicar si eres:

  • Titular principal de visa Tipo M por dos (2) años en calidad de cónyuge, compañera/o permanente, progenitores e hijos/as menores de una persona con nacionalidad colombiana por adopción o Acuerdo sobre Residencia para Nacional de los Estados del MERCOSU: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y adicional Chile y Bolivia.
  • Titular principal de visa Tipo M por cinco (5) años en calidad de persona refugiada, trabajadora, empresaria, profesional independiente, religiosa, estudiante, inversionista y jubilada.
  • La visa tipo “R” tendrá vigencia indefinida.

  • Los requisitos para este tipo de visado son:

    • Copia de las visas y salvoconductos cumplen con la característica de titular durante el tiempo de permanencia en el territorio colombiano.
    • Certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
    • Documento que certifique ocupación y/o fuente de ingresos.
    • Documento que certifique o confirme que las condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la última visa.

    Este tipo de visa puede únicamente otorgarse a personas extranjeras integrantes de las FARC – EP, que se encuentren en los listados entregados por representantes de dicha organización y verificados por el Gobierno Nacional conforme lo dispuesto en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, una vez surtido el proceso de dejación de armas y tránsito a la legalidad, y que pretendan fijar su domicilio en Colombia y establecerse en el país de manera indefinida.

    Esta visa sólo puede ser solicitada y tramitada ante el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración de Bogotá.

    Las personas interesadas podrán tener la condición de titular principal, solicitante y/o titular beneficiario cónyuge, compañera/o permanente, progenitores e hijos/as menores de 25 años o cuando estos tengan una discapacidad que les impida tener independencia económica.

    ¿Sabías qué? este tipo de visado fue decretado por la Ley 831 de 2017 y regulado por la Resolución 10001 del 18 de diciembre de 2017

    Puedes aplicar si eres parte o posees una sociedad comercial por un monto no inferior a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, debes saber que la visa tipo “M” tendrá vigencia de tres (3) años.

    Requisitos que debes cumplir:

    • Carta de solicitud en la que se informe los siguientes datos: razón social, domicilio y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad comercial constituida o en la que invierte.
    • Certificado de composición accionaria realizada por un profesional en contaduría pública, indicando: Monto del capital, registrado y pagado de propiedad del solicitante de la visa, el cual no podrá ser inferior al equivalente de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, cuando se trate de sociedades por acciones.

    Debes saber que la autoridad de visas podrá exigir la presentación del contrato original de sociedad, documento de constitución o información financiera de la empresa cuando la documentación aportada resulte insuficiente, presente inconsistencias o requiera aclaración.

    Con este tipo de visa puedes aplicar si te contratan para ejercer un cargo a término fijo o indefinido, la visa tipo “M” tendrá vigencia de tres (3) años. Cuando la duración del contrato sea menor a tres (3) años, la visa tipo “M” podrá tener vigencia inferior.

    Conoce a continuación los requisitos:

    • Presentar diligenciado el formato resumen de contrato, debes saber que la autoridad de visa podrá exigir la presentación del contrato original cuando la información registrada en el formato resumen de contrato no sea suficiente, presente inconsistencia o requiera aclaración.
    • Carta de motivación de la entidad contratista o empleador.
    • Extractos bancarios del empleador correspondientes a los seis (6) meses previos a la solicitud. Si es una persona jurídica deberá demostrar ingresos promedio mensuales de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de persona natural, deberá demostrar ingresos promedio mensuales de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
    • Si es una entidad o institución del Estado colombiano, Organismo Internacional Gubernamental, Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares acreditadas en Colombia, únicamente deberá presentar una carta de solicitud de la visa suscrita por quien haga la representación legal.

    Si eres profesional y tienes interés en ejercer tu profesión o desarrollar actividades profesionales de manera independiente en Colombia, debes cumplir con los siguientes requisitos para obtener la visa tipo “M”

    • Carta de solicitud.
    • Al menos tres (3) certificados de experiencia en el oficio o profesión correspondiente.
    • Extractos bancarios de cuenta personal de los seis (6) meses previos a la solicitud.
    • Deberás acreditar ingresos promedio de al menos diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

    Para profesiones reglamentadas deberás acreditar el permiso correspondiente, licencia o permiso provisional para desempeñar en Colombia la profesión respectiva, otorgado por la autoridad competente. En el caso de ejercer una profesión no regulada se debe aportar el título profesional debidamente convalidado ante el Ministerio de Educación en Colombia.

    Recuerda que esta Visa, tendrá vigencia de tres (3) años.

    Es una visa de migrante para quien desee ingresar o permanecer en el territorio colombiano con la intención de establecerse y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo Residente (R) y es nacional de alguno de los Estados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay adicional Chile.

    Requisito específico:

    • Certificado de antecedentes judiciales del país de origen o del lugar donde ha residido durante los tres (3) años previos a la solicitud. La visa tipo “M” tendrá vigencia de tres (3) años.

    Es una decisión que toma el Estado Colombiano para otorgar a personas extranjeras, la nacionalidad colombiana a través de una Carta de Naturaleza o de Resolución de Inscripción.

    Los siguientes son los requisitos:

    • Escribe un memorial dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitando la nacionalidad colombiana, con su respectiva motivación con los siguientes datos personales: nombre, número de cédula de extranjería, ocupación, país de origen y nacionalidad actual de quien solicita, ciudad de domicilio y dirección de su residencia en Colombia, teléfono fijo, número celular y correo electrónico.
    • Copia simple de la cédula de extranjería vigente.
    • Copia simple de la Visa de Residente vigente.
    • Fotografía tipo documento actualizada. Tamaño 4x5 cm en formato jpg, fondo blanco.
    • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte.
    • Acredita tu profesión u oficio con el certificado laboral de la empresa donde trabajas, no mayor a seis (6) meses.
    • Si eres profesional deberás aportar copia del formulario del Registro Único Tributario (RUT).

    Es un documento de control migratorio y de carácter estadístico. Su uso es obligatorio para el ingreso y salida de personas de los países miembros de:

    • Comunidad Andina de Naciones (CAN): Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia
    • Mercado Común del Sur (MERCOSUR): Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y adicional Chile.

    No olvides que su uso no excluye la presentación del pasaporte, visa u otro documento de identidad.

    Requisitos:

    • Ser nacional o residente de los siguientes países: Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile.
    • Acercarte personalmente al Puesto de Control Migratorio y presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) del país miembro de la CAN o del MERCOSUR.
    • Para los menores de edad, su representante legal o acompañante debe presentar el Registro Civil de Nacimiento.
    • Diligenciar el formato: Tarjeta Andina Migratoria (TAM).

    El PEPFF es un permiso de trabajo que te permite regular tu condición migratoria en el territorio colombiano mediante contratos laborales o contratos de prestación de servicios.

    Es importante que tengas en cuenta que se otorga únicamente, a quienes estén en condición migratoria irregular y cumplan con los siguientes requisitos:

    • Ser ciudadano venezolano.
    • Estar en condición migratoria irregular.
    • Ser mayor de edad conforme al ordenamiento jurídico colombiano.
    • Presentar la cédula de identidad venezolana y/o el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela aun cuando éstos se encuentren vencidos.
    • No tener antecedentes judiciales en Colombia o en el exterior.
    • No ser sujeto de una medida administrativa de expulsión o deportación vigente.
    • Contar con:
    • Una oferta de contratación laboral en el territorio nacional, por parte de un empleador, o Una oferta de contratación de prestación de servicios en el territorio nacional, por parte de un contratante.

      ¡Atención!

      Su tiempo de duración es por el mismo periodo del respectivo contrato o vinculación laboral, el cual en ningún caso puede ser inferior a dos (2) meses ni superior a dos (2) años.

      Será posible renovarlo hasta por un máximo de cuatro (4) años continuos o discontinuos.

      Instructivo oficial para su solicitud:

      Instructivo de solicitud

    Para realizar este trámite debes cumplir con los siguientes requisitos:

    • Diligenciar el Formulario Único de Trámites a través de la página web de Migración Colombia.
    • Pasaporte original y visa del titular de la Cédula de Extranjería.

    Este trámite lo debes realizar si deseas una ampliación del tiempo otorgado por la autoridad migratoria, al momento de ingresar a Colombia y sellar tu pasaporte.

    Los requisitos son:

    • Ser mayor de edad.
    • Ser quien realiza los movimientos migratorios, si no lo eres, debes demostrar un vínculo de parentesco: progenitores, hijos/as, abuelos/as, nietos/as, hermanos/as, tios/as, sobrinos/as, primos/as, bisabuelos/as y biznietos) también pueden solicitar este documento en ausencia del titular los hijos/as y los progenitores.
    • Cédula de ciudadanía o pasaporte.
    • Contar con un correo electrónico válido.
    • Diligenciar el Formulario Único de Trámites a través de la página web de Migración Colombia.
    • Comprobante de pago.

    Recuerda que, se debe aprobar la validación de identidad personal. De no aprobarse, deberás presentarte en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios para realizar el trámite de manera personal.

    En este documento se relacionan las entradas y salidas que una persona ha realizado a Colombia.

    Encuentra a continuación los requisitos:

    • Ser mayor de edad.
    • Ser quien realiza los movimientos migratorios. Si no lo eres, debes demostrar un vínculo de parentesco:padres, hijos/as, abuelos/as, nietos/as, hermanos/as, tios/as, sobrinos/as, primos/as, bisabuelos/as y biznietos). También pueden solicitar este documento en ausencia del titular, los hijos/as y los padres.
    • Cédula de ciudadanía o pasaporte.
    • Contar con un correo electrónico válido.
    • Diligenciar el Formulario Único de Trámites a través de la página web de Migración Colombia.
    • Comprobante de pago.

    Recuerda que, se debe aprobar la validación de identidad personal. De no aprobarse, deberás presentarte en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios para realizar el trámite de manera personal.

    La cédula de extranjería es un documento de identificación expedido por Migración Colombia, se otorga a personas extranjeras que cuentan con una visa superior a 3 meses.

    Para acceder a este documento debes cumplir con los siguientes requisitos:

    Ten en cuenta que los menores de edad entre los 7 a 17 años, que son beneficiarios de Visa, deberán acudir al Centro Facilitador de Servicios Migratorios o Puestos de Control Migratorio con funciones de Extranjería en compañía de su acudiente o representante legal.

    Te contamos cómo puedes acceder a este documento que permite que los/as ciudadanos/as venezolanos/as ingresen de manera temporal a los municipios autorizados en las zonas de frontera con Colombia, para proveerse de alimentos y materias primas, asistir a controles y/o citas médicas o para acceder a instituciones educativas.

    Es importante que sepas que los siguientes documentos deben estar escaneados y en formato digital PDF:

    • Documento de identidad y/o actas de nacimiento de niños/as y adolescentes.
    • Registro electoral: el cual se obtiene a través de la siguiente página http://www.cne.gob.ve/web/index.php
    • Soportes de residencia fronteriza con vigencia no mayor a seis (6) meses:
    • Constancia de residencia expedida por una autoridad o entidad local.
    • Contrato de arrendamiento y recibo del impuesto predial o de servicios públicos como: electricidad, agua, gas, telefonía móvil o fija o televisión por suscripción.
    • Certificado de escolaridad donde se mencione el departamento o municipio en Colombia, al que pertenece la institución educativa.

    ¡Importante!

    Uno de los documentos anexos debe estar a nombre de la persona inscrita en el pre-registro.

    Una vez expedida, la Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) tendrá una vigencia de dos (2) años; previo a la toma de huellas y fotografía.

    Cuando te han negado la condición de refugiado/a, el Estado colombiano te da la opción de obtener una visa de cortesía. Para obtenerla ten en cuenta lo siguiente:

    • Haber presentado una solicitud de reconocimiento de la condición de persona refugiada y que te haya sido negada.
    • Si se requiere, tendrás que presentar pasaporte o documento de viaje expedido por la autoridad, organización internacional o Estado reconocido por el gobierno de Colombia. Debe estar vigente, en buen estado y con espacio libre para visados.
    • Una copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje donde aparecen registrados tus datos personales o biográficos.
    • Las personas extranjeras que solicitan visa encontrándose en el territorio nacional o en el territorio de un Estado distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que acredite estancia legal o regular.
    • Diligencia el formulario de solicitud de visa de forma electrónica. Disponible en este enlace

    Conoce los siguientes requisitos:

    • Diligenciar el formulario de solicitud de visa de forma electrónica. Disponible en https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml
    • Presentar tu pasaporte o documento de viaje expedido por la autoridad, organización internacional o Estado reconocido por el gobierno de Colombia. Debe estar vigente, en buen estado y con espacio libre para visados.
    • Saca una copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje donde aparecen registrados tus datos personales o biográficos.
    • Si te encuentras en Colombia o en el territorio de un Estado distinto al de tu nacionalidad, deberás aportar copia del documento que acredite estancia legal o regular.
    • Preparar una copia de la visa del titular principal, respecto de la cual se desea ser beneficiario(a).
    • Contar con una copia auténtica del Acta o Registro Civil que certifique parentesco, vínculo marital o familiar con el titular principal.
    • El titular principal, tendrá que redactar una comunicación escrita en la cual solicite la visa de beneficiario, y haga una declaración de dependencia y responsabilidad económica por los gastos inherentes al viaje y/o estadía del beneficiario en el territorio nacional.

    Puedes aplicar a esta visa si tu familia tiene estas características: tus hijas/os nacieron en Colombia, si tus progenitores (madre o padre) tienen la nacionalidad colombiana o cuando estos nacieron siendo personas extranjeras pero su domicilio se encontraba en Colombia.

    Conoce aquí los requisitos:

    • Diligencia el formulario de solicitud de visa de forma electrónica. Disponible en https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml
    • Presenta tu pasaporte o documento de viaje expedido por la autoridad, organización internacional o Estado reconocido por el gobierno de Colombia. Debe estar vigente, en buen estado y con espacio libre para visados.
    • Saca una copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje donde aparecen registrados tus datos personales o biográficos.
    • Si solicitas la visa estando en territorio nacional o en el territorio de un Estado distinto al de tu nacionalidad, deberás aportar copia del documento que acredite estancia legal o regular.
    • Presenta la copia del Registro Civil de Nacimiento colombiano de quien el (la) extranjero(a) es padre (madre).
    • Si tus hijas/os con nacionalidad colombiana son menores de edad, deberás presentar una carta donde como madre o padre manifesten que se encuentran cumpliendo a cabalidad con las obligaciones alimentarias correspondientes. De no contar con este consentimiento, tendrás que aportar certificación de autoridad de familia colombiana en la que se precise que no existe medida de protección o restablecimiento de derechos, documento donde se permita verificar el cumplimiento de las obligaciones.
    • Cuando el hijo colombiano es mayor de edad, deberá presentarse una carta suscrita por él o ella, solicitando la expedición de la visa de residente para su padre o madre extranjera, acompañada de copia sencilla de la cédula.
    • Diligencia el formulario de solicitud de visa de forma electrónica. Disponible en https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml
    • Presenta tu pasaporte o documento de viaje expedido por la autoridad, organización internacional o Estado reconocido por el gobierno de Colombia. Debe estar vigente, en buen estado y con espacio libre para visados.
    • Saca una copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje donde aparecen registrados tus datos personales o biográficos.
    • Las personas extranjeras que soliciten visa encontrándose en el territorio nacional o en el territorio de un Estado distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que acredite estancia legal o regular.
    • Copia auténtica de Registro Civil de Matrimonio colombiano o del documento que declara la existencia de la unión marital de hecho.
    • El cónyuge de nacionalidad colombiana, tendrá que redactar una carta de solicitud de visa. Deberá ir acompañada de una copia sencilla de la cédula de ciudadanía y un poder especial a la persona extranjera para solicitar la visa.

    Para que seas reconocido como persona refugiada en territorio colombiano, es necesario que presentes una solicitud ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, para que te otorguen o extiendan el salvoconducto. Posteriormente asistir a ua entrevista en la Comisión Nacional de Protección para Refugiados (CONARE), la cual estudiará tu caso. Finalmente esperar a recibir la notificación de respuesta a tu solicitud.


    ¿Sabías qué?

    El procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugio se rige por lo dispuesto en el Decreto 1067 de 2015 y debe ser presentado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

    Amplía esta información en el apartado “Solicitud de refugio” que encontrarás en el menú de la sección Planifica tu viaje.